GALICIA
Galicia tiene un sistema de oposiciones igual al retso de comunidades, con un temario, práctico, programción y unidad didáctica. Sin embargo la preparación de la oposición de secundaria de biologia para Galicia es muy distinta en lo que se refiere a la parte práctica.
Así que desde mi preparación para Galicía más allá de controlar controlar la legislación autonómica y tener una idea de como se puntúan las pruebas, hay que saber cómo han sido los exámenes en Galicia los últimos años y estructuras el estudio en función de ello, algo que hago en mi academia de preparación de la oposición de biología para Galicia desde hace muchos años, y todos los años tengo un grupo de opositores que se presetan allí.
Por eso en esta entrada os voy a explicar cómo fueron las oposiciones pasadas en Galicia.
En primer lugar en Galicia, desde hace muchos años, tiene el VISU más extenso y completo de toda España. 100 ejemplares donde se pregunta de todo, no hay reino que no ciaga en esta parte del examen.
El segundo bloque pusieron problemas, muy variados y completo. Hublo problemas de genética, de la oxidación del ácido palmítico, identificar parques nacionales y naturales de Galicia, un ejercicio de ecología, otro de cinética enzimática, cálculos de biomasa, concentración de oxígeno disuelto. Más abajo os pongo el examen, pero resumiendo un examen muy completo que requiere de una buena planificación y estudio en profundidas.
Por ello, en la preparación online ofrecemos una preparación específica de cada una de estas partes de la comunidad de galícia, trabajando desde el primer mes todos los bloques, con el fin de superar con garantías la que sin duda es la parte más dificil de la opo.
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GALICIA. RESUMEN DE LA ÚLTMA CONVOCATORIA.
La fase de oposición consistirá en una prueba en la que se valorarán los conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa adecuada a la función inspectora que van a realizar las personas aspirantes, así como los conocimientos y técnicas específicas para el desempeño de esta. La prueba constará de tres partes, en las que habrá que obtener una calificación mínima de cinco puntos en cada una de ellas.
Partes de la prueba. a) Parte primera. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema referido a la parte A del temario, elegido por el personal aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal. Para la realización de este ejercicio escrito el personal aspirante dispondrá de un máximo de tres horas. Este ejercicio será leído por el personal aspirante ante el tribunal, que podrá formular las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes, durante un período máximo de quince minutos.
- b) Parte segunda. El personal aspirante que obtenga, por lo menos, un cinco en la primera parte de la prueba, realizará esta segunda parte consistente en la exposición oral de un tema, referido a la parte B del temario, elegido por el personal aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal. El personal aspirante dispondrá de treinta minutos para la preparación de este ejercicio y de un máximo de sesenta minutos para su exposición oral. Terminada la exposición, el tribunal podrá formular las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes, durante un período máximo de quince minutos.
- c) Parte tercera. El personal aspirante que obtenga, por lo menos, un cinco en la segunda parte de la prueba realizará esta tercera, que consistirá en el análisis por escrito de un caso práctico sobre las técnicas adecuadas para la actuación de la Inspección de Educación, que será propuesto por el tribunal. Para la realización de este ejercicio escrito el personal aspirante dispondrá de un máximo de tres horas. El ejercicio será leído por el personal aspirante ante el tribunal.
Desarrollo de la fase de oposición de ingreso en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas y profesores de artes plásticas y diseño tanto por el turno libre como por la reserva de personas con discapacidad.
En esta fase se valorará la posesión de los conocimientos específicos, científicos y técnicos de la especialidad docente a la que opta el personal aspirante, así como la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20.2 del Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, el personal aspirante a las especialidades de Alemán, Francés, Inglés deberá desarrollar las pruebas en el idioma correspondiente.
Las dos partes que integran la primera prueba podrán realizarse en el mismo día. Las dos partes que integran la segunda prueba se realizarán en una misma sesión.
Primera prueba. Esta prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:
Parte A: incluirá una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios, que podrán ser por escrito, que se ajustará, para cada especialidad, a lo dispuesto en el anexo VI de esta orden, y que permitirá comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte. El tiempo asignado para la realización de esta prueba será establecido por los tribunales. En el caso de especialidades propias de las Enseñanzas Artísticas que atienden exclusivamente a las enseñanzas artísticas superiores, en este ejercicio práctico, se deberá acreditar, además, la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las Enseñanzas Artísticas. Los tribunales determinarán las características y duración de este ejercicio.
Parte B: consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el personal aspirante de entre el número de temas que a continuación se relacionan, de los temarios que componen el temario oficial de cada especialidad, extraídos al azar por el tribunal:
– Cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas y profesores de artes plásticas y diseño: deberá elegirse entre cuatro temas.
El personal aspirante dispondrá de dos horas para la realización de esta parte de la primera prueba. Al efectuarse la primera y segunda parte de la prueba por escrito se procederá su lectura conjunta y la calificación de cada parte se realizará por separado.
Calificación de la primera prueba. La primera parte y la segunda parte de la prueba se calificarán de 0 a 10 puntos, ponderándose de la siguiente manera:
– Parte A: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,6 la calificación obtenida.
– Parte B: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,4 la calificación obtenida.
Para superar esta prueba el personal aspirante deberá obtener una puntuación de por lo menos el 25 por 100 del valor de cada una de las partes de la prueba y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones ponderadas correspondientes a las dos partes, igual o superior a 5 puntos. Finalizada esta prueba, los tribunales publicarán en la dirección electrónica http://www.edu.xunta.gal/oposicions las puntuaciones obtenidas por el personal aspirante que la superó.
Segunda prueba. El personal aspirante que superó la primera prueba realizará esta segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del personal aspirante y de su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. La prueba se compone de dos partes:
Parte A: presentación y defensa de una programación didáctica. La programación didáctica hará referencia al currículo de una materia o módulo relacionada con la especialidad por que se participa, en la cual deberán especificarse los objetivos, las competencias, los contenidos, la metodología didáctica, los estándares y resultados de aprendizaje evaluables, los criterios de evaluación, así como la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en la que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo, elegido por la persona candidata, y deberá organizarse en unidades didácticas de tal manera que cada una de ellas se pueda desarrollar completamente en el tiempo asignado para su exposición; en cualquier caso, una programación para un curso escolar deberá contener, como mínimo, 15 unidades didácticas que deberán estar numeradas, y tendrá, sin incluir anexos, una extensión máxima de 60 folios, formato DIN-A4, escritos a una sola cara y doble espacio interlineal (a excepción de las tablas, en las que no será preciso respetar el espacio interlineal), con letra tipo arial, sin comprimir, tamaño de 12 puntos. En el caso de las especialidades propias de formación profesional, la programación se ajustará al contenido de las tablas establecido en el anexo XIII de la Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regulan el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial o cualquiera de los modelos incorporados en la aplicación informática actualizada disponible en los centros educativos, y deberá contener un mínimo de 4 unidades didácticas. En el caso de las especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, la programación deberá contener un mínimo de 10 unidades didácticas.
En la extensión máxima de 60 folios no se computará la portada ni la contraportada. Sí se computará el índice.
Resultará excluido del procedimiento selectivo el personal aspirante cuya programación no se ajuste a lo establecido en los párrafos anteriores. En ningún caso podrá excluirse a las personas aspirantes por deficiencias en el contenido de la programación. Las programaciones versarán sobre los siguientes currículos:
En el caso de las especialidades con competencia docente en la educación secundaria obligatoria y en el bachillerato: Decreto 86/2015, de 25 de junio, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia.
En el caso de las especialidades del cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas: Decreto 81/2018, de 19 de julio, por el que se establece el currículo de los niveles básico A1, básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La programación deberá entregarse al tribunal por el personal aspirante que supere la primera prueba en el centro en el que están actuando, en el plazo que establezca el tribunal al publicar las calificaciones de la primera prueba.
Parte B: preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el tribunal. La parte B de la prueba consistirá en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por la persona aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, la persona aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por ella misma, de su programación. En el segundo caso, la persona aspirante elegirá el contenido de una unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por ella misma, del temario oficial de la especialidad. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a formular en el aula y sus procedimientos de evaluación.
El personal aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica, y podrá utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de dicha conexión (ordenadores portátiles, teléfonos móviles, etc.).
Para la exposición, el personal aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá presentar él mismo, siempre que sea aprobado por el tribunal, así como un guion que no excederá de una página y que se entregará al tribunal al final de esta.
El personal aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal.
El personal aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de veinte minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica, que no excederá de treinta minutos. La duración del debate, en su caso, no podrá exceder de diez minutos.
Calificación de la segunda prueba. Esta segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, de acuerdo con los criterios contenidos en las rúbricas que se publican como anexos X, XI, XIII, XIV y XV según corresponda, debiendo alcanzar el personal aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.
– Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria: especialidades que imparten la ESO y el bachillerato: anexo X.
– Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria: especialidades que imparten la formación profesional específica: anexo XI.
– Cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas: anexo XIV.
La primera parte y la segunda parte de la segunda prueba se ponderarán de la siguiente manera:
– Parte A: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,4 la calificación obtenida.
– Parte B: la calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,6 la calificación obtenida.
Calificación de la fase de oposición. La calificación correspondiente a esta fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas que la integran, cuando ambas fueran superadas.
ANEXO VI. Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria Especialidades de las materias comunes.
El ejercicio práctico al que hace referencia la base 13.3.1 de esta orden de convocatoria se ajustará a lo siguiente:
Los tribunales propondrán dos opciones de prueba práctica, de las cuales la persona aspirante escogerá una, que, a su vez, podrá constar de varias partes, excepto en la prueba de identificación (macroscópica o microscópica), interpretación y análisis de representaciones de individuos o procesos naturales, biológicos o geológicos (conocida como ejercicio de «visu») de la especialidad de Biología y Geología.
El tribunal dará a conocer a las personas opositoras, en su caso, los medios técnicos y la documentación de apoyo necesaria para su desarrollo. El tribunal valorará, además del resultado correcto, si las personas opositoras poseen las capacidades de tipo instrumental necesarias, y tendrá en cuenta el procedimiento sucesivo o descrito por estas personas para la realización de las pruebas prácticas.
- Biología y Geología.
Consistirá en la realización de todos o de alguno de los siguientes ejercicios:
- Identificación (macroscópica o microscópica), interpretación y análisis de representaciones de individuos o procesos naturales, biológicos o geológicos.
- Resolución de problemas o cuestiones de genética, bioquímica y ecología.
- Interpretación de mapas y cortes geológicos.
- Exposición de elementos (aspectos materiales, temporales, desarrollo, seguridad) que configuran la realización de una práctica de laboratorio.